Capilla del Monte

Sez busca aprobación para eliminar la emergencia económica vigente desde 2011

Fotografía de archivo

El intendente de la localidad de Capilla del Monte, Gustavo Sez se reunió ayer con trabajadores municipales para informar sobre el envío del proyecto de ordenanza mediante el cual busca derogar la Emergencia Económica Financiera, vigente desde el año 2012. La misma prohibía el nombramiento de trabajadores para ser incorporados como planta permanente.

La estrategia del edil municipal frente a los trabajadores fue recurrir a la pesada herencia recibida en 2011 y hablar de la importancia de que lo acompañen en este proyecto. Desde algún sector de los trabajadores se leyó como un intento del intendente de involucrar a los trabajadores y al sindicato en la pelea que tiene Sez con los concejales, incluso de su propio bloque.

 

En el encuentro con los trabajadores, Sez expresó que «dejaron de robar seis años y dieron vuelta la Municipalidad. Es muy importante la aprobación en el Concejo Deliberante. Si esa ordenanza no está aprobada, no hay nombramiento. La responsabilidad es de ustedes»

Leer el proyecto de ordenanza

VISTO:

La hasta ahora vigente Ordenanza N° 2392/12 de Emergencia Económica Financiera, y habiendo cesado los motivos que al momento del dictado de la misma justificaron y ameritaron su implementación;

Y CONSIDERANDO

Que del Acta de Transferencia recibida el día 12/12/2011 surgió una deuda declarada de $ 9.517.075,13.- y luego de la Auditoría Interna efectuada por parte de la Secretaría de Finanzas en aquel entonces se sumó una deuda real, exigible y oculta de $ 3.903.664,61.- lo que obligó a la Administración entrante asumir un total de $ 13.420.739,74, al día de la fecha totalmente cancelada.

Que a este total se sumaron $ 439.200,00.- por falta de pago de aportes de la Caja de Previsión de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba, por el período comprendido entre los años 2003 y 2009, habiéndose consolidado un plan de sesenta cuotas, quedando a la fecha un remanente a pagar de tres cuotas no exigibles, venciendo la primera de ellas el día 10/08/2017 y la última el día 10/10/2017 con un remanente a pagar de $ 21.960,00.- en cuotas de $ 7.320.- mensuales.

Que también hubo que afrontar una deuda de $ 469.524,62.- provenientes de honorarios del Dr. Juan Saavedra, a la fecha cancelada.

Que como si fuera poco semejante endeudamiento en DEUDA CORRIENTE, también hubo que afrontar una deuda por provisión de energía eléctrica a la EPEC proveniente de suministros adeudados por el EMOSS por un valor total de $ 1.007.496,72.-, haciéndose cargo el mismo Ente –en el período de esta Administración- de su cancelación en cuotas.

Que luego de haber promulgado la Ordenanza de Emergencia Económica, la Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba, reclama por carta documento al Municipio la falta de pago de aportes y contribuciones de empleados de la EMOSS por el período comprendido entre el mes de mayo/1997 y noviembre/2011 y luego de negociaciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo Municipal con las autoridades de la Caja Provincial, se acordó una deuda a financiar por la suma de $ 5.045.762,18.-

Que la deuda exigida por la Caja de Jubilaciones oportunamente se encuentra al día en el pago de sus cuotas y el EMOSS no ha incrementado sus obligaciones como empleador dado que los aportes mensuales se pagan dentro de los plazos previsibles.

Que a raíz del cumplimiento en tiempo y forma con todas y cada una de las deudas que los proveedores exteriorizaron de acuerdo al formato establecido y dentro de los plazos previstos, el Municipio ha recuperado la credibilidad, y por ende el crédito y la capacidad de endeudamiento por haberse convertido en un cliente creíble, previsible y cumplidor.

Que el nivel de endeudamiento actual, en deuda corriente, asciende a la suma de $ 2.677.070,81.- suma totalmente accesible y de cumplimiento seguro por parte de una Administración responsable.

Que a la fecha este Municipio honra su obligación como empleador abonando los haberes a su personal en tiempo y forma.

Que por todo lo expuesto, este DEM considera propicio el derogar la ordenanza de marras, siendo visiblemente posible por lo establecido ut supra.-

Que el motivo principal que lleva a este Ejecutivo a presentar el presente proyecto es la de cumplir con todo el personal que viene desde el año 2004 como personal contratado del Municipio, a pesar que durante esta gestión se le dio a este modalidad de vínculo laboral todos y cada uno de los derechos que le asisten a cualquier persona, tal como son la asistencia, puntualidad y presentismo, quedando dos de las más preciadas y valoradas por cualquier agente Municipal que son la antigüedad y por sobre todas las cosas la estabilidad laboral.

Que por todo lo expuesto, este Departamento Ejecutivo eleva al Concejo Deliberante para su lectura y aprobación el presente:

PROYECTO DE ORDENANZA DEROGACIÓN DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA

 

ARTICULO 1º: DEROGASE la Ordenanza Nº 2392/12, prorrogada por Ordenanza Nº 2761/17 para el año 2017, que declara en estado de emergencia económico-financiera y administrativa al Municipio de Capilla del Monte, a partir del día de la fecha.-

ARTÍCULO 2º: COMUNIQUESE, córrase vista al Tribunal de Cuentas, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

 

 

 

 

 

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