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Comunicado de la comunidad Ticas del Pueblo Indígena Nación Comechingón sobre el derecho al agua, a la tierra y al patrimonio cultural

Comunicado de Prensa

Compartimos comunicado de la Comunidad Ticas del Pueblo Indígena Nación Comechingón territorio Cochatalasacate ubicado en la localidad de Bialet Massé.

“Reconocimiento INAI, con personería Jurídica Nº 111 del RENACI (Registro Nacional de Comunidades Indígenas). Incluídos en el Programa Nacional “Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”. Ley 26160, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Registrados en el Registro provincial de Comunidades Indígenas de la provincia de Córdoba, ley 10316. Amparados por la Ley Nacional 23302 Art. 1 y 7. Constitución Nacional Art. 75 inciso 17. ley Nacional 24071. Convenio OIT 169. Art. 2, 7, 13, 14. Ley Nacional 26160 prórroga 27400 (2017). Art. 18 del Código Cívil Ley Nac. 26994 protocolo de consulta. ley Nacional 26331 de presupuestos mínimos de Bosques Nativos Art. 9, Art.12. Ley provincial Nº 9814 de ordenamiento territorial de la provincia de Córdoba.. ley Prov. 10208 de Política Ambiental Provincial”.

La Comunidad Indígena Ticas – Pueblo Comechingón, como pueblo preexistente a los Estados, vivimos en nuestro Territorio desde tiempo Inmemorial, donde se encuentran nuestras sierras, nacientes de aguadas, arroyos y ríos, las plantas medicinales, los caminos ancestrales, asentamientos y sitios arqueológicos como nuestros sitios sagrados.

Por lo tanto el artículo 75 inciso 17 de la constitución nacional habla de la prescripción adquisitiva, implica ante todo, el pueblo no puede adquirir por usucapión lo que a nosotros nos pertenece de manera originaria, artículo 17 inciso 3 del convenio número 169. Establece que deberá impedirse que personas extrañas a los pueblos puedan aprovecharse de las costumbres de sus pueblos o por su desconocimiento de las leyes por parte de los miembros, para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellas. Lo que significa que no son enajenables, ni transferible, ni se pueden grabar o embargar la posesión de la comunidad indígena, actual, tradicional y pública.

Las comunidades nos encontramos en una situación de emergencia territorial, pese a la aplicación de la Ley 26160 y sus Prórrogas, la cual dispone del relevamiento Técnico Jurídico Catastral de la situación Dominial de los territorios que ocupamos de forma Ancestral, Actual, y Pública.

Nuestro pueblo está padeciendo distintas situaciones de atropellos, usurpación, venta irregular y fraudulenta de nuestro Territorio Comunitario. A tal fin el pasado 19 de Diciembre ingresaron al territorio aludiendo orden de Fiscalía, una máquina de gran porte perteneciente al municipio de Bialet Massé, dos inspectores municipales y dos patrulleros custodiando la obra de apertura de calles. Lo cual se reconoce por intervención de policía ambiental, infracción por Desmonte Total, de aproximadamente 5 cuadras, rompiendo cercos perimetrales y negándose en el momento a mostrar la orden que referían de fiscalía.

Tal es el caso que se encuentran supuestos contribuyentes solicitando la apertura de calles, no siendo los mismos titulares, tan solo con derechos posesorios y sin haber de Hecho posesión real, continua y pacífica, lo cual existe el rumor sin denuncia formal, la figura de una reconocida inmobiliaria de la zona de haber efectuado la venta de la propiedad comunitaria.

Se procedió a realizar una denuncia penal en Fiscalía de Cosquín ante el Fiscal Martín Bertone, para solicitar se investigue la probable comisión de los delitos de usurpación y abuso de autoridad, para lo cual se busca un responsable.

Ante el transcurso de dos meses de los hechos y habiendo presentado en enero los papeles necesarios a la parte letrada del municipio, donde se menciona el reconocimiento de los anteriores mandatos e intervención en el área de cultura de la comunidad ante el actual gobierno municipal. El Fiscal Bertone resuelve: que no existe delito alguno y que el intendente Marcelo Oliva, tiene el poder de policía para demolición, clausura y desalojo. Por tal motivo se deja en evidencia que el daño fue reparado al levantar el alambrado por la misma comunidad, siendo policía ambiental la única que hace valer la infracción a través de la Ley 10208 de política ambiental. Desconociéndose los derechos adquiridos como reserva indígena en la resolución de la denuncia y por parte del Municipio, los cuales aluden no contar con papeles de la comunidad, desconociendo por completo nuestra existencia. De igual actuación, el intendente se refiere a velar por el “bienestar general”, de manera que Fiscalía determina que no le corresponde la figura de usurpador y por la misma razón la falta de “intencionalidad maliciosa”, descarta el delito de abuso de autoridad.

Se aclara que previo a diciembre del 2017, se mantuvo una reunión con el Intendente y con el área de Obras Públicas, por reclamos en materia socioambiental y además se participó en el área de Cultura, para la noche de los museos y en recepción del Pueblo Matacos, en el contexto de firmar un acuerdo de colaboración mutua entre la municipalidad de Bialet Massé y el municipio de Roque Saenz Peña.

Con el motivo de no dejar la situación “sin solución”, el Fiscal Bertone acude a una audiencia de mediación, previo archivo de la causa, con fecha 26 de marzo a las 12 del mediodía, en el tercer piso de 27 de abril 172, en el Centro Judicial de Mediación en Córdoba, con el intendente Marcelo Oliva y los supuestos contribuyentes Dionisia Britos, Lidia Inés Prados, Juan Bautista Speranza.

Ante estos constantes atropellos reiterados además por barrios privados, que actualmente se encuentran con supuesta factibilidad sobre zona de alta protección declaradas por la Ley Nº9814 de Bosques Nativosy habiendo sido reconocida la comunidad por las leyes mencionadas y por el Concejo Deliberante de Bialet Massé en el año 2006, tras una participación comunitaria activa, exigimos el cese de la violencia sobre el territorio y donde se encuentra nuestro asentamiento en barrio Mirador del Lago, siendo un grave conflicto el tema de tierras y el gran avance irregular de inmobiliarias en la zona, provocando una total falta de garantía en el bienestar de sus habitantes.

Ello, no puede de modo alguno significar el abandono del cuidado de la cuestión social, ambiental y cultural, por lo tanto son tiempos en que la disputa sobre el modelo político y económico requiere de más instancia de discusión sobre la protección del medio ambiente y más actos de consenso sobre la población colindante.

El acceso al agua en el actual debate sobre los derechos humanos, su registro, el reconocimiento de que es ilusorio el ejercicio de los Derechos civiles políticos, cuando no existen condiciones para el disfrute de los derechos económicos sociales y culturales.

Por esto la conservación del patrimonio cultural arqueológico, paleontológico y antropológico, aporta la existencia y continuidad de la humanidad en los procesos históricos y culturales. No se comprende este crecimiento sin ordenamiento territorial, afectando aún más nuestros bienes comunes (el agua, el suelo, el aire) y nuestro “paisaje arqueológico”, y no es un dato menor, la economía del Valle de Punilla la cual se nutre principalmente del turismo.

Convocamos a todas las organizaciones sociales y de pueblos originarios, como así también a organismos del poder judicial y de derechos humanos a pedir el Cese de la Violencia sobre los territorios y sobre el daño provocado a la Tierra.

Comunidad Ticas del Pueblo Nación Comechingón.

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