Capilla del Monte

Seguridad en el hogar: Alcances de la Ley de Seguridad Eléctrica

Por Grupo de Electricistas Matriculados de Punilla Norte

Desde diciembre de 2017 está en vigencia la Ley de Seguridad Eléctrica N° 10281 para la provincia de Córdoba. Esta Ley se sancionó a partir del trabajo realizado, entre otros, por la Fundación Relevando Peligros presidida por la señora Sandra Meyer, madre de Juan Aciar, un niño de 13 años fallecido el día 24 de diciembre de 2009 por electrocución a causa de una mala instalación que terminó electrificando un cesto de basura.

En Punilla están empezando a realizar inspecciones de obras certificadas por electricistas, para brindar tranquilidad a los clientes y asegurar que el electricista matriculado haya realizado un buen trabajo.

La ley 10281, cuya entidad de aplicación es el ERSeP (Ente Regulador de Servicios Públicos), está basada casi en su totalidad en la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles 90364 de la Asociación Electrotécnica Argentina (también conocida como RAEA 90364).
A partir de esta nueva ley se creó un registro de instaladores electricistas habilitados y matriculados para la verificación, planificación y ejecución de dichas instalaciones. Los electricista idóneos habilitados con competencia en instalaciones unifamiliares, comerciales o de pequeñas industrias hasta 10kW de consumo son los clasificados dentro de la categoría III, los técnicos cuyos títulos de nivel medio tienen incumbencia en el ámbito eléctrico pertenecen a la categoría II, y la categoría I reúne a Ingenieros, Arquitectos y aquellos con títulos universitarios con incumbencia en dicho ámbito.

Dicha ley, basada en la mencionada reglamentación de la AEA, exige una serie de requisitos para la emisión de un certificado de instalación eléctrica APTA que hasta entonces no solían tenerse en cuenta con rigurosidad por desinformación, por negligencia o para “abaratar costos”. Dentro de estas exigencias se pueden mencionar: la realización de cálculos de demanda de potencia de la instalación para determinar los conductores e interruptores acordes a dicha potencia, la utilización de materiales homologados bajo normas IRAM o IEC, la confección de un Esquema Unifilar con la simbología de los elementos que componen la instalación, de un Diagrama de Vista en Planta que permita una representación a escala de la instalación, y de un listado de materiales con toda la información pertinente (marca, calibre de los interruptores, sección de los conductores, cumplimiento de normas, etc.)

Para la verificación de un lugar que ya posee un suministro eléctrico y requiere una certificación (para habilitar un comercio por ejemplo, o para solicitar la reanudación del servicio luego de la suspensión por falta de pago) es necesario abrir todos los puntos de utilización y chequear el calibre y la normativa de los conductores y su conexionado, también confirmar la existencia de la puesta a tierra de seguridad, la continuidad de su conductor dentro del circuito y la vinculación de todas las partes metálicas con dicha puesta a tierra; revisar la instalación completa desde el punto de conexión y medición hasta los puntos terminales de los circuitos. Esto demanda un trabajo que hasta antes de la ley pocos llevaban a cabo y ahora reviste un carácter de obligatoriedad. También implica en muchos casos un gasto de dinero no previsto (o mal previsto, por ejemplo en los casos en que se realizó una instalación sin considerar las normas vigentes) tanto para la compra de los materiales como para el pago del trabajo del instalador.

El objetivo de esta ley es “preservar la seguridad de las personas” y anticiparse a posibles accidentes por un mal uso de la energía eléctrica. La implementación de esta normativa busca dar un marco regulativo a la actividad laboral de los instaladores, fomenta la continua capacitación y profesionalización, jerarquiza la actividad y minimiza mucho los riesgos de accidentes. Los electricistas nos vemos instados a invertir en formación y en adquisición de herramientas e instrumentos de medición, a tomarnos el tiempo para leer, para confeccionar esquemas y diagramas, para cargar los datos en la plataforma informática del ERSeP y asumir un compromiso legal con la emisión del Certificado de Instalación Eléctrica Apta.

El valor del trabajo, como en todos los casos en los que el trabajador no se encuentra bajo relación de dependencia, lo fija el mismo trabajador. Cada uno, al momento de hacerlo, pondrá en consideración distintos factores: amortización de sus herramientas y medio de transporte, tiempo estimado para realizar el trabajo y confeccionar la documentación, calidad final de su trabajo (dos trabajos pueden estar bajo norma y no tener la misma prolijidad), incluso habrá quienes cobren y quienes no por hacer un relevamiento de una instalación y entregar un presupuesto.

En una nota del día 8/11/2015 en La Voz del Interior, titulada “Aseguran que el 80% de los electricistas trabaja mal”, la presidenta de la fundación Relevando Peligros dijo «Los que no trabajan a conciencia lo van a tener que hacer o no van a tener trabajo, porque el electricista tendrá una responsabilidad legal». La nota termina así: «Para obtener la certificación de vivienda apta, el electricista tendrá que presentar los planos y detalles de lo que hizo. Díaz dice: ‘Nosotros haremos el presupuesto y le diremos al cliente lo que tiene que hacer. Si no quiere, volveremos en otro momento’».

 

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