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Viernes 8: asueto por el día del agente municipal

La medida comprende a toda la actividad municipal, exceptuando las guardias y servicios esenciales.

Será para festejar el día del empleado/a municipal, como es habitual el 8 de noviembre. Localidades vecinas también tendrán su festejo.

Por medio del decreto 271/19, el Intendente Rodriguez comunicó a la población que ese día las y los trabajadores municipales tendrán su día de festejo.

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8 DE NOVIEMBRE DÍA DEL AGENTE MUNICIPAL – ASUETO EN TODAS LAS ACTIVIDADES DEL MUNICIPIO.- ??????

? Estimados vecinos, este viernes 8 de Noviembre los Empleados Municipales festejan su día y se decreta asueto en TODA la ACTIVIDAD MUNICIPAL.

?? Desde aquí quiero AGRADECER EL COMPROMISO y la RESPONSABILIDAD, porque a pesar de que pueden FALTAR herramientas, elementos y RECURSOS, nuestros compañeros PONEN LO MEJOR de cada uno para realizar sus tareas en función de sus vecinos, su pueblo, NUESTRO PUEBLO, el que merece un MEJOR FUTURO, donde TODOS, estamos comprometidos a hacer nuestro mayor aporte.

Atte y que tengan un hermoso día.?

MARCELO RODRÍGUEZ
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE CAPILLA DEL MONTE

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Transcribimos el pertinente decreto:

DECRETO Nº 271/19

VISTO:
Que el 8 de noviembre de cada año los agentes municipales festejan su día;

Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal desea adherir a este grato acontecimiento, permitiendo que los empleados de la Municipalidad de Capilla del Monte festejen su día, sin prestar servicios;

Que asimismo se deben tomar los recaudos pertinentes para la prestación de servicios esenciales durante el asueto, a fin de no perjudicar a los vecinos;

Por ello, el Intendente Municipal de Capilla del Monte

D E C R E T A

Art. 1°.-: DECLARASE ASUETO para todo el personal dependiente de la Municipalidad de Capilla del Monte, el próximo viernes 8 de noviembre de 2019, en virtud de lo establecido en los considerandos del presente Decreto.-

Art. 2°.-: DISPONESE que a través de los titulares de las distintas áreas del municipio, se tomen los recaudos pertinentes a efectos de garantizar la prestación de servicios esenciales de acuerdo a cronograma de necesidades.-

Art. 3°.-: El presente Decreto será refrendado por el agente municipal a cargo de la Secretaría de Gobierno.-

Art. 4°.-: COMUNIQUESE, córrase vista al Tribunal de Cuentas, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

Capilla del Monte, 24 de octubre de 2019.-

SERGIO ITURRIOZ – A/C SECRETARIA DE GOBIERNO MARCELO J. RODRIGUEZ – INTENDENTE MUNICIPAL

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