Ambiente

Ambiente: Rechazaron el amparo colectivo ambiental presentado por la CODEBONA

La Coordinadora de Bosque Nativo salió al cruce del poder judicial tras el rechazo recibido ayer y señalaron «Más las 200 mil hectáreas quemadas en esta tragedia intencional que sufrimos los cordobeses y todavía los que gobiernan pretenden una acotada participación virtual de los habitantes que viven en las Sierras de Córdoba, sin acceso a internet»

El 14 de octubre, integrantes de la Codebona junto a vecinos/as de La Calera interpusieron ante la Justicia Provincial una “Acción Colectiva de Amparo Ambiental” solicitando se declare la “inaplicabilidad e inconstitucionalidad del art. 8 de la Ley Provincial 10.618y la “nulidad de la Resolución 412 de la Secretaria de Ambiente Provincial”.

El jueves 15, «las juezas María Martha del Pilar Angeloz de Lerda-Cecilia María de Guernica-Vocales, no aceptaron el AMPARO COLECTIVO AMBIENTAL interpuesto por la CoDeBoNa (organización socioambiental), porque la justicia “exige para su apertura circunstancias muy particulares caracterizadas por la presencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas que ante la ineficacia de los procedimientos ordinarios, originan un daño concreto y grave…”. Llevando esta URGENCIA territorial a una simple opinión pública.

En el texto, la Codebona explica que «en CONTRADICCIÓN a los criterios judiciales en donde hubo amparos donde a favor de los movimientos socio ambientales nos reconocieron como actores principales para la defensa del ambiente, permitiéndonos actuar en la esfera judicial y otros absolutamente restrictivo y cercenador del ejercicio de los derechos de incidencia colectiva. Y en contra a todo lo que viene diciendo la Corte Suprema sobre las acciones que protegen al ambiente y la reciente ractificación del acuerdo de Escazú.

Resulta muy difícil tener acceso a la justicia, cuando la misma justicia electoral nos reconoce como votantes y la otra parte nos cuestiona que NO SOMOS ACTORES SOCIALES CON DERECHO, para seguir siendo los SIN VOZ frente al poder económico que sigue gobernando pandemia mediante y con un proyecto que en cuarentena pretende avanzar para REDUCIR zona de bosque nativo en buen estado de conservación. Más las 200 mil hectáreas quemadas en esta tragedia intencional que sufrimos los cordobeses y todavía los que gobiernan pretenden una acotada participación virtual de los habitantes que viven en las Sierras de Córdoba, sin acceso a internet. Claramente los ACTORES INTELECTUALES DEL DESMONTE NO VIENEN EN TOPADORAS.

Lxs jueces que no son independientes buscan argumentos técnicos para rechazar cuestiones profundas de fondo, como el posible desmonte en zonas rojas (Áreas Protegidas). De esta manera terminan siendo CÓMPLICES Y PARTÍCIPES DEL DESMONTE Y TODA LA SANGRE QUE CORRE EN LOS TERRITORIOS, ante el avance sobre la fauna, la flora y los habitantes del monte. Cabe aclarar que la justicia en representación de JUEZAS “independientes”, determinaron además considerar SOLO ilegal las “conductas manifiestas” o sea cuando se concreten los hechos. “Si la ilegalidad de la conducta no surge de modo manifiesto y en forma clara e inequívoca, sin necesidad de un largo y profundo estudio de los hechos, ni de un amplio debate y prueba, la vía del amparo no será idónea”. Por lo tanto “el amparo no es una vía idónea para remediar las aducidas lesiones a derechos constitucionales”.

Lamentamos que éstas respuestas fundamentadas por la justicia más allá del rechazo del Amparo, apunten a descalificar y discriminar a los actores sociales de derecho y a las organizaciones socioambientales como válidas para alzar la voz, siendo afectadxs directos ante esta arbitraiedad cometida por los funcionarios públicos, de permitir y negar una vez más a través de audiencias virtuales la participación ciudadana, en momento tan CRÍTICOS a nivel SANITARIO, SOCIOECONÓMICO y AMBIENTAL por el que atraviesa la provincia.

La secretaria de ambiente realizó de marzo a octubre (plena pandemia) 14 AUDIENCIAS VIRTUALES. En ninguna de ellas se registró ciudadanos/as como expositores. Los proyectos fueron presentados y en un trámite exprés de 30 minutos concluyeron las audiencias.

La Constitución Nacional nos da la voz que LA JUSTICIA PATRIARCAL nos quita. Dice además que pueden interponer los amparos ambientales «el afectado», ese afectado puede ser una persona o un colectivo de personas. Los criterios judiciales que los jueces usan unos u otros según quieran intervenir y actuar en la causa o simplemente para sacársela de encima. No hay una sola respuesta desde la perspectiva del derecho ambiental al planteo que hicimos del derecho a la participación ciudadana de la ley 25675 y 10.208.

Es un gran TRIUNFO de la justicia RESTRICTIVA y CERCENADORA del ejercicio de derechos de incidencia colectiva para los movimientos sociales y un RETROCESO a la transparencia de las políticas públicas dentro de a vida democrática. Somos mujeres, niñas y niños, jóvenes, madres, maestras, constructores, productores familiares y tanta diversidad que habitan entre quienes trabajamos en el territorio todos los días para construir un mundo más justo y la JUSTICIA sigue favoreciendo la explotación indiscriminada de los escasos recursos y servicios ambientales que nos quedan para la subsistencia.

Como tampoco admitieron la medida cautelar de la suspensión de la audiencia, SE RESUELVE: I) DECLARAR INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO.

CUANTOS TROPIEZOS MÁS NECESITAN PARA VOLVER A CAER en prácticas tan patriarcales como encubiertas. Pretenden que la razón sea selectiva como la MEMORIA. ¡Organización y Lucha!.»

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#LaJusticiaesCómplice
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