Capilla del Monte

Cuáles son los requisitos de circulación en verano del COE

El COE publicó el protocolo que se tendrá en cuenta para fines turísticos durante el verano. Repasamos los puntos más importantes.

Luego de que el gobernador Schiaretti difundiera el cronograma de aperturas que se realizará durante la temporada veraniega, el COE difundió los requisitos que deberán cumplirse para efectuar dichas habilitaciones.

Estas flexibilizaciones comienzan este viernes con la habilitación de la circulación para aquellos residentes que tengan casas de fines de semana en la provincia y continua con otras flexibilizaciones de manera progresiva.

Para todas, se deberán tener en cuenta diferentes requisitos que repasamos a continuación.

a) Propietarios de casas de veraneo residentes en Córdoba

1) Documentación comprobatoria de titularidad del dominio (boleto de compraventa, fotocopia de la escritura o impuesto, etc.)

2) Cumplir con la normativa de control sanitario provincial y los requerimientos particulares que puedan definir las autoridades municipales o comunales.

b) Propietarios de casas de veraneo no residentes en Córdoba

1) Descargar en el celular la aplicación Cuidar y mantener activa durante toda la estancia.

2) En caso de traslados en vehículo propio, circular por las rutas habilitadas de acceso a la Provincia.

3) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.

4) Identificación de cobertura sanitaria (Obra Social, Mutual, Prepaga, etc.).

5) En caso de requerir atención médica en Córdoba, por patología Covid-19 u otra, deberán proceder según lo que se define en los capítulos siguientes.

c) Turistas con o sin domicilio en Córdoba

1) Comprobante de las reservas efectuadas.

2) Descargar en el celular la aplicación Cuidar y mantener activa durante toda la estancia

3) Identificación de cobertura sanitaria (Obra Social, Mutual, Prepaga, etc.).

d. Reglamentación para quienes ingresen a la provincia
1) Cumplir con todas las normas sanitarias vigentes, nacionales, provinciales o de la jurisdicción donde se encuentra realizando turismo.
2) Mantener el distanciamiento social, de al menos 2 metros en comercios esenciales, no esenciales, en espacios públicos cerrados (galerías, shopping centers, etc.) y durante la circulación en vía pública.
3) Es obligatorio el uso de barbijo o mascara que tape nariz, boca y mentón, en todos los espacios públicos y comerciales, así como en las áreas de recreación incluidas las playas controladas públicas y privadas y otros espacios turísticos.
4) Ante cualquiera de los síntomas expuestos en la definición de caso, u otros que le resulten extraños, debe consultar al centro de salud más cercano a su domicilio, o en el front desk del hotel, o con el administrador generador de su alquiler, quienes sabrán donde dirigirlo.

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