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Basural en Villa Parque Santa Ana: Preocupación ambiental por el fallo del Tribunal Superior de Justicia

En CDM Noticias Radio dialogamos con Eliana Lacombe, integrante del colectivo en defensa de los derechos ambientales de las y los vecinos de la localidad a pocos días de darse a conocer el fallo del TSJ.

Villa Parque Santa Ana es una pequeña localidad que forma parte de la zona metropolitana. «A fines del año 2016, los integrantes de la localidad nos enteramos por la prensa de la inminente instalación del nuevo enterramiento sanitario de Córdoba, que no es solo de Córdoba, sino de toda su zona metropolitana. Son alrededor de 20 localidades que depositan la basura en un solo lugar, que en este momento es conocido como el enterramiento de Piedras Blancas, que está dentro del ejido de la ciudad de Córdoba, y que siempre han intentado sacar el enterramiento de ahí, sobre todo por las presiones inmobiliarias en la zona, pero también por las enormes afectaciones que generan esos tipos de enterramientos, que si bien son enterramientos controlados por sus magnitudes, tienen enormes impactos en el entorno», expresó Eliana Lacombe a nuestro medio.

Eliana recuerda que eran tiempos de gobierno de Ramón Mestre hijo cuando se resolvió este tema. Al enterarse, comenzaron a organizarse como vecinos.

«Tuve una actividad muy intensa durante muchos años. Iniciamos varias causas judiciales, una fue un amparo ambiental colectivo, que firmaron más de 400 familias del lugar, y otras fueron denuncias penales contra los funcionarios públicos que autorizaron de manera indebida ese predio de enterramiento a tan solo un kilómetro de Villa Parque Santana, y dimos cuenta de un montón de irregularidades en el estudio de impacto ambiental. Y también denunciamos la inundabilidad del predio, quizás la audiencia de Capilla del Monte no lo recuerde, pero en el año 2017 una empresa que se llama TAIM, que colinda con el predio pretendido por CORMECOR para enterrar la basura de Córdoba y toda su zona metropolitana se inundó por las lluvias y la escorrentía, es decir, la correntada de agua que desbordó la planta, se mezcló con los líquidos lixiviados, es decir, los líquidos tóxicos que producen la descomposición de los residuos peligrosos, más los residuos peligrosos, inundó los campos colindantes y entró al canal Los Molinos, Córdoba, que abastece a la planta potabilizadora de Córdoba. Estamos hablando de un nivel de gravedad enorme.

En diálogo con CDM Noticias radio, Lacombe remarcó que denunciaron todo y en 2019 tuvieron un primer fallo favorable a los vecinos. La justicia hizo una pericia interdisciplinaria muy importante, entre ellas, por ejemplo, agrimensores, peritos oficiales midieron las distancias y dieron cuenta que el estudio de impacto ambiental había mentido, porque había dicho que Santa Ana se encontraba a cinco kilómetros del predio, cuando se encontraba a un kilómetro del predio.

«La diferencia realmente era alevosa. Probar eso hubiese sido muy fácil y muy rápido si la justicia de Córdoba no estuviera tan supeditada a los poderes económicos y políticos. Estamos hablando del año 2000, que esto inició hace nueve años atrás. En el 2019 obtuvimos un fallo favorable de la Cámara y lo contencioso y administrativo, que justamente decía que el predio no era apto porque no cumplía las distancias que habían recomendado institutos de la Universidad Nacional de Córdoba. Y obviamente las partes demandadas, que eran la empresa CORMECOR, encargada del enterramiento de la basura, la Municipalidad de Córdoba, porque es la principal accionista de esta empresa, que es una empresa de capitales públicos, pero a su vez es una sociedad anónima. Y también demandamos a la provincia de Córdoba, porque la Secretaría de Ambiente tuvo un accionar absolutamente fraudulento, por un lado, y también porque la expropiación del predio fue votada por los legisladores provinciales sin atender a todas estas irregularidades»

La vecina y defensora ambiental señaló que este segundo fallo es más limitado y que tienen una doble evaluación del mismo. «Por un lado, estamos contentos, nos parece satisfactorio que sostengan la necesidad de que haya un apartamento mínimo de cuatro kilómetros a los predios de cerramiento de cualquier lugar habitado, pero el resto del fallo, la verdad, que es muy contradictorio, porque no le quita totalmente la licencia ambiental CORMECOR, y aunque describe todos los actos de corrupción que hubo en la Secretaría de Ambiente para aprobar esta cosa tan irregular, les da, digamos, como un otorgamiento parcial de la licencia, deja parte de la licencia ambiental hábil, y le dice CORMECOR que si cumple con los cuatro kilómetros de distanciamiento puede instalarse»

El punto que claramente no deja tranquilos a los vecinos y las vecinas se centra en que la justicia no pide iniciar un nuevo procedimiento ambiental si dentro del mismo predio consigue alguna parcela que esté a cuatro kilómetros. «Dicen algo que para nosotros es perverso, porque está a un kilómetro de Santa Ana, pero a dos de Bower y a tres de Los Cedros. Entonces no sólo afecta a Santa Ana. Por tanto, si se mueve para alguno de los lados los estaría afectando»»

Lacombe aclaró que no se puede mover el estudio de impacto ambiental. Si se pasa a otro lugar tiene que iniciar un proceso ambiental de cero. Eso es clarísimo.


«Parece que (el TSJ) hace la vista gorda a toda la ilegitimidad del proceso porque es un proceso corrupto que ellos mismos describen, lo describen en el fallo pero al final dicen bueno no les vamos a inhabilitar absolutamente la licencia esto generó titulares muy maliciosos en alguna prensa provincial hegemónica que hizo que la gente de Fontana entendiera que el predio podía ubicarse a cuatro kilómetros, que estaban habilitando el predio, lo que nosotros podemos decir es que no hay ninguna parcela de ese predio que quede a más de cuatro kilómetros de el pueblo ¿se entiende? entonces el predio es inviable con el mismo fallo que ha dado la justicia se da por sentado de que ese predio es inviable y si ellos quieren iniciar otro proyecto deberán iniciar de cero los procedimientos establecidos por las leyes ambientales nacionales y provinciales que es todo este proceso de presentar el proyecto de hacer el estudio impacto ambiental y de conseguir una nueva licencia»

En relación a la relación de las y los vecinos, la entrevistada remarcó que fueron acompañados por las gestiones municipales:

«Tengamos en cuenta que esto empezó hace nueve años, por lo tanto, ha habido dos cambios de gestiones en el transcurso. Nosotros, en el inicio de la lucha, tuvimos el respaldo de la Intendencia, que también presentó su pedido de recurso de amparo ambiental, y el intendente actual, que asumió hace un año, anoche convocó a una reunión y manifestó también el apoyo para defender al pueblo de la posibilidad de la instalación de este enterramiento. En lo local hemos recibido apoyo de distintas gestiones, también hemos recibido el apoyo formal en su momento de quien era el intendente de Bower, una localidad que sí, a la cual sí, le instalaron durante 20 años un medio enterramiento sanitario, y que es el antecedente más próximo para conocer los efectos nocivos, terribles que generan ese tipo de enterramientos en la vida cotidiana de las personas y de los ensambles comunitarios de la comunidad en general. Entonces, podríamos decir que a nivel de Intendencia hemos recibido apoyo, pero hemos estado luchando justamente contra el municipio de Córdoba, contra la provincia de Córdoba, es decir, contra actores muy poderosos, y valga aclarar que Cormecor es una empresa que está integrada justamente por distintos municipios de la zona metropolitana, por tanto, había muchos municipios involucrados en este conflicto, responsables de este proyecto fraudulento, es lo que queda evidenciado en el fallo del Tribunal Superior de Justicia»

¿Qué dice el comunicado?

En el día de la fecha (20/3/25) las y los vecinos/as de Villa Parque Santa Ana y Alto El Durazno nos reunimos en asamblea multitudinaria para reafirmar nuestro inclaudicable “NO AL BASURAL DE CORMECOR”. Llevamos nueve años de litigio judicial, protestas multitudinarias en la ciudad de Córdoba, incontables cortes de media calzada de la ruta 5, la instalación de un acampe en el acceso al predio por 3 años y otras innumerables actividades de denuncia pública.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia conocido hoy, ratifica el amparo ambiental y reafirma el fallo de primera instancia en el cual, entre otros aspectos, se señala que el predio no es apto porque no respeta la distancia mínima de 4km de apartamiento a las zonas urbanas del entorno. Llamativamente el nuevo fallo señala que Cormecor podría instalarse en el lugar si respeta la distancia mínima de 4km entre el borde del predio y los radios urbanos. Pero las pericias oficiales de agrimensura demostraron que el predio elegido por Cormecor está a tan sólo 1,03 km de Villa Parque Santa Ana (Oeste); a 1,82 km de Bouwer (Este) y a 3,93 Km de la localidad de Los Cedros (Norte) (Informe Pericial, pág. 67). Es decir, que existen tres localidades ubicadas a menos de 4 km del predio dónde Cormecor pretende enterrar la basura de 2 millones de habitantes por más de 30 años. La escuela del paraje “potrero del Estado” está dentro del radio de 2 km del predio pretendido de Cormecor, es decir dentro de la zona de mayor impacto calificada como inhabitable. Hacia el Sur el predio colinda con Taym, de cuya inundación se cumplirán 8 años en pocos días. Por tanto, es imposible que Cormecor pueda instalarse en este predio cumpliendo el apartamiento de 4km de ejidos urbanos. Y cabría recordar la inundabilidad de la zona.

Este nuevo fallo del TSJ detalla los actos corruptos operados por la Secretaría de Ambiente de la provincia que de manera sumamente irregular decidió autorizar el proyecto de enterramiento sanitario a tan sólo 1 km de Villa Parque Santa Ana, en contra de las recomendaciones del ISEA (Universidad Nacional de Córdoba) e incluso en contra de las recomendaciones de la CTI (Comisión Técnica Interdisciplinaria) encargada de evaluar el proyecto. A pesar de dar cuenta del flagrante incumplimiento de sus deberes de todos estos funcionarios públicos, el Tribunal Superior dictamina una revocatoria “parcial” de la licencia ambiental concedida por la Secretaría de Ambiente a Cormecor en 2015. Si el propio tribunal describe con detalles todas las acciones corruptas que involucró el proceso de otorgamiento de la licencia ambiental de Cormecor ¿no cree que la licencia está absolutamente viciada y es nula de toda nulidad? ¿No sería más ajustado a la ley que la justicia anulara absolutamente el proceso administrativo e iniciara de oficio una causa contra estos funcionarios de la Secretaría de Ambiente por incumplimiento de sus deberes de funcionarios públicos?

En vez de hacer justicia el Tribunal pretende repartir cargas entre actores que para nada se encuentran en situación de igualdad. La empresa Cormecor, la Municipalidad de Córdoba y el gobierno de la Provincia, son responsables de falsear procedimientos administrativos en desmedro de la seguridad ambiental de varias poblaciones en el Departamento Santa María. Los ciudadanos somos víctimas de estos procedimientos corruptos y hemos sido obligados a realizar enormes erogaciones, sufrimos presiones psicológicas, malestares físicos, agresiones institucionales y un sin fin de alteraciones de nuestra vida cotidiana por más de 9 años; sin embargo la justicia vuelve a cargar contra nosotros al no obligar a los responsables de estos actos corruptos a pagar las costas correspondientes.
Pero estamos otra vez en alerta, otra vez reunidos y organizados para ir hasta las últimas consecuencias.
CORMECOR NO TIENE LICENCIA AMBIENTAL
BASTA DE CRIMENES AMBIENTALES
BASTA DE MEGABASURALES

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