Economía

¿Qué dice la nueva ley de alquileres votada por diputados?

La reforma reduce el plazo de los contratos de 3 a 2 años y deja sin efecto el método de actualización anual de los contratos, que reemplaza por uno cuatrimestral basado en un índice «acordado entre las partes». Ahora deberá ser tratada por el Senado.

Con 125 votos aportados por la mayoría de las bancadas opositoras, con excepción de la Izquierda y de los legisladores libertarios, la Cámara de Diputados dio este miércoles media sanción a un proyecto de reforma a la ley de alquileres que reduce el plazo de los contratos de 3 a 2 años y establece que la actualización de los montos sea cada cuatro meses en base a un índice pactado entre las partes.

La iniciativa, que fue considerada en el marco de una sesión especial que duró cerca de cuatro horas, deja sin efecto la actualización anual de los contratos y el índicador que rige en la actualidad, que es un un mix que promedia la evolución del IPC y el índice de variación salarial, que es realizado por el Banco Central.

El proyecto de reforma ahora deberá ser tratado por el Senado, cámara en la que la oposición podría no contar con los votos necesarios para convertir en ley la reforma.

El proyecto fue rechazado por 112 diputados, de los cuales 99 fueron aportados por el Frente de Todos (FDT), 4 por la izquierda, 3 libertarios y 2 del interbloque Federal; mientras que 3 legisladores se abstuvieron de votar (2 socialistas y una legisladora del FDT).

El proyecto de reforma aprobado este miércoles establece que la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios se reduzca de tres a dos años, con una actualización que podrá efectuarse dentro de un plazo de entre cuatro y doce meses, con un sistema de actualización acordado entre las partes.

En ese sentido, establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.


Fuente: Télam

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