Capilla del MontePolítica

Concejo Deliberante: Juntos por Capilla presentó proyecto de acceso a la información pública

El tema, presentado por el espacio representado por la Concejal Gabriela Negri, será tratado en la sesión de Concejo del día de hoy 1º de octubre y entre sus fundamentos menciona a la Ley Nacional 27275 de Acceso a la información Pública contempla que la misma “tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública”

En diálogo con Entre Mate y Mate, Gabriela Negri afirmó que su intención es presentarlo y pedir que pase a comisión para ser tratado en los próximos días.

«No pueden los ciudadanos andar peregrinando cuando quieren acceder a datos públicos»

«Entiendo las complejidades que tuvo el actual ejecutivo, pero a 10 meses de gestión, no se pudo acceder siquiera a un balance»

Entrevista a Gabriela Negri – Juntos por Capilla

El proyecto de ordenanza explica que «el Derecho a la Información Pública constituye un derecho humano fundamental que contiene tres aspectos característicos: en primer término implica la posibilidad cierta de que los ciudadanos puedan solicitar y recibir información sobre los actos de gobierno y las actividades desarrolladas desde el Estado, en segundo término refiere también a la obligación de éste de difundir información de manera pro-activa sin mediar petición alguna y en tercer término la obligación del Estado no sólo de poner a disposición de los ciudadanos la información disponible, sino también de producir ciertas categorías claves de información«

Imagen: cpr.org.ar

Leer el proyecto completo:

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En su articulado, el proyecto prevee que toda persona pueda solicitar, acceder y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier Órgano, perteneciente a la administración pública de la Municipalidad de Capilla del Monte.

Además, señala la necesidad de la «gratuidad total en el ejercicio de este derecho que no podrá ser objeto de tributo alguno, no estando obligada la persona que ejerza el derecho de libre acceso a la información pública, a efectuar pago por concepto alguno, con la única excepción del costo de la reproducción o copia de la misma. En este último caso sólo deberá abonar los costos de reproducción o copia en soporte de papel»

Proyecto de Ordenanza Acceso a La Información Pública Capilla Del Monte by Agustin Fontaine on Scribd

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