Capilla del Monte

Capilla del Monte: El Concejo Deliberante trata el proyecto de cupo laboral trans, travesti y no binarie

Será en la tarde de hoy. El proyecto fue presentado por el bloque Hacemos por Córdoba junto a la Subsecretaria de Inclusión y Emergencia Social.

Había sido confirmado días atrás por el intendente Fabricio Díaz en la siesta del Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+. También en la legislatura de Córdoba, en la jornada de ayer fue presentado un proyecto de Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero

«En el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+, en Capilla del Monte celebramos la diversidad impulsando el Proyecto de Ordenanza que incluye el cupo Trans en el Municipio», expresó Díaz.

La medida se da a pocos días de la aprobación nacional del cupo laboral que implica inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes

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El Proyecto de Ordenanza

ARTICULO 1.- GARANTIZAR el derecho al trabajo a la población de personas transexuales, travesti, transgénero y no binaries en todo el territorio del municipio de Capilla del Monte; entendiendo por personas transexuales travestis transgéneros y no binaries a todas aquellas con una identidad de género auto percibida que difiere de la designación de sexo que se realizó sobre ellas al nacer.

ARTICULO 2.- INCORPORAR en su planta de trabajadoras y trabajadores a personas travestis, transexuales, transgénero o no binaries que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos vacantes respetando lo establecido en el estatuto del personal municipal en un porcentaje no menor al 1 % de la totalidad de su personal sin distinción del tipo de contratación ya sea planta permanente, transitoria o personal contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación y gozarán de los mismos derechos. Dichas personas estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación vigente dicta sobre todas y todos las y los empleadas y empleados municipales.

ARTICULO 3.- CREAR un Registro Único de Aspirantes (RUA) al cupo laboral travesti, transgénero, transexuales y no binaries, qué estará a cargo de la Dirección de Políticas de Género de la municipalidad o la que en el futuro la reemplace, estando dicho registro a disposición del departamento ejecutivo municipal como así también del sector privado de empleadores, que contendrá como mínimo la siguiente información:
a)Poseer domicilio legal en la ciudad de Capilla del Monte con una antigüedad mínima de 2 años,
b)Datos personales,
c)Estudios cursados, (si los hubiese)
d)Antecedentes laborales, (si los hubiese)
e)Cursos de capacitación realizados (si los hubiese)
La información recabada en el RUA es de carácter confidencial y estará disposición de las distintas Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de ocupar un cargo en dichos sectores.

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