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Penalizan a ambientalistas en Punilla

Las protestas por la construcción de la Autovía de Punilla (O “Mejoramiento de la conexión Córdoba – Patquía” – “Corredor Bioceánico Central (CBC) Coquimbo – Porto Alegre”) comenzaron con su mismo anuncio, en el año 2017. Sin embargo en el año 2022, la disuasión ejercida por las distintas brigadas de la policía (montada, rural, etc.) pasó a represión y a la imputación penal, todo ello a cargo de las autoridades judiciales de la zona.

Por Juan Yacobs para Radio Panamericana

Desde el 25 de enero del corriente año al presente, han tomado estado público las elevaciones a juicio de 6 de los 18 Defensores Ambientales imputados por acciones de protesta en torno a la construcción de la Autovía de Punilla. Cuatro de esos dieciocho imputados son miembros de la Comisión Directiva de la CTA-A de la Regional Punilla: Su Secretario Gral. Juan Yacobs, Gabriela Taborda Varela, Marco D`Angelo y Matías Pérez (siendo los casos de estos últimos tres los que fueron ya elevados a juicio). El último de ellos es Comunero de la Comunidad Indígena Isqon Killa – 9 Nueve Lunas, del Pueblo Nación Kamiare.

Quienes participamos en la defensa de Punilla ante la construcción de la Autovía, hemos denunciado que la misma se inició sin tomar en cuenta al expresión mayoritaria en las Audiencias Públicas realizadas, con una Evaluación de Impacto Ambiental muy cuestionada tanto por profesionales como por ciudadanos, sin contar con los resguardos correspondientes conforme a las leyes vigentes en lo que hace al patrimonio natural (bosques, flora y fauna), hidrológico (cuenca) y arqueológico y paleontológico. Todo esto además de no contar con el Consentimiento Previo, Libre e Informado de las Comunidades Indígenas que habitan fehaciente esos territorios desde hace años. Lamentablemente, en el avance de la obra se han ido manifestando problemas derivados de estas falencias, lo que ha llevado a una permanente movilización para evitar daños y violación de derechos.

Cabe mencionar sintéticamente que la obra de “Mejoramiento de la conexión Córdoba – Patquía” – “Corredor Bioceánico Central (CBC) Coquimbo – Porto Alegre” es un proyecto de infraestructura cuya construcción se encuentra judicializada, habiéndose presentado un Amparo ante la administración de justicia de Córdoba en el año 2017: Causa: “ISLYMA y otros c/Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y otro – Amparo”. Dicho Amparo a la fecha no ha logrado detener el avance de la obra sobre Comunidades Indígenas y sus territorios, patrimonio arqueológico y paleontológico, cuencas hídricas y reservas, localidades y barrios. Habiéndose presentado también el pedido de medidas cautelares y denuncias penales en la administración de justicia federal y la administración de justicia provincial, ambas a la fecha sin efectos. A ello se ha sumado la impunidad de la entidad financiadora CAF-BID, que en sus estatutos tienen salvaguardas para mujeres, niños, Comunidades Indígenas y cambio climático, a pesar de lo cual no respondió a las solicitudes realizadas al respecto. También gozan de impunidad las tres empresas constructoras a cargo de distintos trayectos de la obra, negándose a presentar los permisos de obra, prospecciones y detonaciones a los vecinos. Por su parte, el gobierno provincial y los municipios no han generado mecanismos de participación, las ordenanzas locales de cambio de uso del suelo han sido aprobadas sin participación de los vecinos y tampoco han generado mecanismos de recepción de los reclamos de la ciudadanía, diálogo ni mucho menos respuesta a las denuncias emergentes de distintos problemas que surgen en la realización de la obra. En lo que respecta a las autoridades judiciales, cabe señalar que por hechos judiciales graves, como la investigación y juicio de un femicidio (Cecilia Basaldúa) y un caso de violencia institucional (Jonathan Romo), se encuentran cuestionados por la ciudadanía, a lo que se agrega en el caso, el rechazo de uno de los jueces al Habeas Corpus presentado por los Defensores Ambientales.

Cabe mencionar que durante el año 2022 hubo varios episodios de represión de la protesta ambiental. Ante ello las movilizaciones se dirigieron al Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba y a la Fiscalía General. De dicha movilización deviene un fallo de la Jueza Ferreyra del Juzgado de Control y Faltas N° 9, en agosto de 2022, que concedió un Habeas Corpus preventivo y Colectivo, (por Expediente N° 11120830 del Poder Judicial de Córdoba). A pesar de ello, ni el Ministro de Seguridad ni la Jefa de la Policía de la Provincia avanzaron en la aplicación del Acuerdo de Escazú como mandaba el fallo.

En este contexto, como mencionáramos, en enero de este año comenzaron las elevaciones a juicio. Este hecho es inédito en la movilización y protesta ambiental en la provincia. Hasta el momento, tanto las acciones de las fuerzas represivas como las de defensores no llagaban nunca a ser investigadas, ni sobreseídas ni elevadas a juicio.

La investigación de la Fiscal Paula Kelm se realiza sobre dos hechos. Uno de ellos sucedido el 17 de mayo de 2022, alrededor de las 11:00 horas, en el ingreso a Barrio Molinari ubicado sobre Ruta Nacional N°38 a la altura del km 42 de la localidad de Cosquín, Dpto. Punilla de la Provincia de Córdoba. La elevación a juicio la realiza la Fiscalía de Instrucción de Competencia Múltiple 1°T-SEC.1 de Cosquín. La protesta en ese caso se realizaba por un hecho de violencia institucional, realizado por la Policía de la Provincia sobre el acampe realizado por Defensoras Ambientales frente al obrador de la empresa SACDE, una de las adjudicadas para realizar la obra. La represión, realizada a las 3.40 horas de la madrugada por más de 50 policías de infantería armados fue sin orden judicial. El comisario Mansilla a cargo del operativo, expresó ante los medios que actuaron por pedido de la empresa dueña del obrador, que manifestaron que el acampe le dificultaba trabajar: “Se actuó sin una orden judicial porque no fue un desalojo. Si ellos no accedían a retirarse, nosotros no íbamos a usar la fuerza”, expresó. Ante esta situación, los Defensores se autoconvocaron en el mismo lugar para expresar su solidaridad e intentar garantizar la integridad física y moral de las y los reprimidos y exigir las investigaciones correspondientes para que esta violencia no quede impune. En esta acción, se encontraron con que la policía impedía el tránsito selectivamente, sobre un camino público, para que no pudieran llegar al obrador donde había sido la represión, debiendo estos quedarse en la ruta.

La investigación de la Fiscal Kelm realiza una reconstrucción de los hechos tomando en cuenta sólo declaraciones y documentos de la policía:Sargento 1° Mónica Marcela Arnedo (fs.1/3 y 18/18 vta.), Sargento Héctor Emanuel Ortega (fs.10/11); DOCUMENTAL: Acta de Aprehensión (fs.4), Acta de Inspección Ocular (fs.5), Croquis (fs.6), Certificado Médico (fs.12); Impresiones de fotos de Google Maps del lugar del hecho INSTRUMENTAL: Planilla Prontuarial (fs.13 ) y demás constancias obrantes en autos”. No contando con testigos ni pruebas de la imputada, es decir vulnerando el derecho a la defensa.

Cabe señalar que en torno a este hecho había participado la Fundación Centro de Protección Familiar (CeProFa), que se hizo presente cumpliendo su fin social-legal, expresando que acompañaron a las detenidas heridas al Hospital Municipal de La Falda para que revisaran a las tres mujeres que habían recibido golpes. En relación a la imputada, expresan que le habían tirado gas lacrimógeno en la cara, que en ese estado le pegaron con una cachiporra y que le habían lesionado el codo, y que en el Hospital le habían realizado una placa, pero que en la Comisaría no le habían tomado la denuncia de estos hechos. La Fundación declara que a la imputada se le tomó declaración sin asistencia de un/a abogada/o, que la médica que la revisó pertenece a la misma Institución que la golpeó y que no se le tomó la denuncia por violencia institucional. Por tal motivo, señalan que la intervención policial y judicial incumplieron con la Convención Interamericana para sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y con la Ley nacional 26.485.

Esta reconstrucción, a todas luces sesgada, le resulta suficiente a la Fiscal Kelm para tener por acreditada la existencia material e histórica de los eventos así como la participación que en el mismo le cupo a la imputada. En su defensa, esta negó la reconstrucción de los hechos y las calificaciones e invocó el ejercicio de sus derechos y obligaciones constitucionales como defensora ambiental, argumento que la Fiscal Kelm desconoce, acusándola de los delitos de “Amenazas, Resistencia a la Autoridad y Lesiones Leves Calificadas”, requiriendo a la Cámara la Citación a Juicio de la imputada.

El segundo hecho es una protesta realizada por los Defensores Ambientales ante el Intendente de la ciudad de Cosquín el díasábado 13 de agosto de 2022. El mencionado Intendente, junto a otros funcionarios, fue abordado por los Defensores Ambientales, exigiéndoles estos dé cuenta de su actuación frente a la construcción de la Autovía de Punilla. Fundamentalmente cuestionaban la falta de participación en la resolución de cambio de uso del suelo en el municipio, cuestión que facilitó la realización de la obra, alterando no sólo el avance sobre territorio indígena, con patrimonio arqueológicos/sitios sagrados, sino también bosque y especialmente una Reserva natural municipal. Cabe señalar que el Intendente en ningún momento respondió como funcionario público a la interpelación que se le realizaba.

Esta causa también es llevada por la Fiscalía de Instrucción Competencia Múltiple 1°T-SEC.1 Cosquín y ahí se encuentran imputados tres integrantes de la Junta Directiva de CTA Autónoma Regional Punilla. Al igual que en la anterior investigación, la Fiscal no toma en cuenta ni los testigos ni las pruebas presentadas por los imputados, desestimándolos como irrelevantes. Basa su investigación en declaraciones y documentos policiales y declaraciones del Intendente y sus allegados. No sólo la reconstrucción de los hechos es sesgada, sino que con tal desconsideración vulnera el derecho a la defensa de los imputados, siendo de destacar que en ningún momento la Fiscal solicita un Informe socioambiental para conocer la afectación de los imputados. En sus declaraciones estos niegan la reconstrucción de los hechos realizada por la Fiscal y la tipificación como delitos de sus conductas.

Ante este abuso de autoridad por parte de la institución policial y judicial interviniente, consideramos urgente la intervención de instancias de control de los procesos que deben dar garantías a los y las procesadas/os. En este primer tramo, la construcción del Corredor Bioceánico cuenta con 18 Defensores Ambientales procesados por 21 causas. Consideramos urgente la defensa del derecho al ambiente sano y a la protesta para su defensa, así como la intervención de las autoridades competentes para no convalidar las situaciones de abuso de autoridad y violencia institucional detallados.

Juan Yacobs – Secretario General de la CTA-A Punilla

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