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Un freno al mega DNU: El Poder Judicial aceptó el amparo de la CGT

"No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal", señalaron

Este miércoles la Cámara Nacional del Trabajo suspendió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/ 2023 de Javier Milei. De esta manera, dejó sin aplicabilidad del capítulo IV referido al mundo del trabajo, que entre otras avanzadas sobre los derechos laborales, estira el período de prueba de tres a ocho meses, facilita los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y limita el derecho a huelga.

La decisión fue adoptada por los camaristas José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. Por el contrario, la tercera integrante de la Sala, María Dora González, entendió que el tema debía tramitar en el fuero contencioso administrativo.

El juez, además, justificó la intervención de la Cámara del Trabajo ante el peligro de demora que entraña la puesta en vigencia del DNU en la afectación de distintos derechos para los trabajadores y las trabajadoras. “Las disposiciones del DNU cuestionado establecen importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etcétera”, enumeró.

La Sala de Feria explicó que es medida provisoria hasta en tanto se discuta la validez del DNU.

Cgt Sanida (1) by Weblmdiario

Con información de LMdiario

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