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A Córdoba con peaje: Habilitarán estaciones de cobro en la autovías

Incluye el tramo Variante Costa Azul-La Cumbre, actualmente en construcción

El gobernador de Córdoba firmó el decreto 117, con fecha del 28 de febrero en el que delega a Caminos de las Sierras S.A la posibilidad de cobrar peajes en distintos tramos que venían realizándose en la provincia durante los últimos años.

Entre las autovías anunciadas con habilitación de incorporación de barreras y/o Estaciones de Peaje se encuentra el tramo La Cumbre – Córdoba, aún en construcción, conocido como “Alternativa a Ruta Nacional N° 38 – Tramo: Variante Costa Azul – La Cumbre. Además, se incorporan el segundo Anillo de Circunvalación en el Tramo Ruta Provincial E-53 – A174”, “Variante Ruta Provincial N° 5 – Tramo: Alta Gracia – Intersección Ruta S-495.

En ese sentido, señala que se encomienda a la firma Caminos de las Sierras S.A. la ejecución, por sí o por terceros, de proyectos, construcción, remodelación, mejoramiento, explotación y/o mantenimiento de caminos, autovías, autopistas, rutas y nudos viales en toda la Provincia de Córdoba, en el marco del artículo 62 de la Ley Nº 10.928 autorizar el cambio de ubicación, supresión y/o incorporación de barreras y/o Estaciones de Peaje, en toda la Provincia de Córdoba.

¿Qué dice el decreto?

VISTO: El artículo 62 de la Ley N° 10.928 y la necesidad de agilizar la resolución de diversas gestiones propiciadas por intermedio del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.

Y CONSIDERANDO:

Que el referido dispositivo legal faculta al Poder Ejecutivo Provincial y/o a quien éste delegue a encomendar a la firma Caminos de las Sierras S.A. la ejecución, por sí o por terceros, de proyectos, construcción, remodelación, mejoramiento, explotación y/o mantenimiento de caminos, autovías, autopistas, rutas y nudos viales en toda la Provincia de Córdoba, en el marco de la Ley Nº
8614, sus modificatorias y demás normas complementarias y/o reglamentarias.
Que por otra parte, recientemente se han ejecutado e incluido a la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba (RAC) las obras denominadas “Segundo Anillo de Circunvalación en el Tramo Ruta Provincial E-53 – A174”, “Variante Ruta Provincial N° 5 – Tramo: Alta Gracia Intersección Ruta S-495” y “Alternativa a Ruta Nacional N° 38 – Tramo: Variante Costa Azul – La Cumbre – Sección: Variante Costa Azul – Molinari (Pr. 0+000 a 21 +500)”, incorporándose, por tanto, dichos tramos viales al Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997, y quedando en condiciones de ingresar al sistema de cobro de peajes respectivo.

Que en ese contexto, y teniendo en cuenta que en numerosas ocasiones resulta necesario readecuar la organización de los procesos de trabajo, como así también las facultades de los funcionarios, con el propósito de que la gestión de gobierno logre los objetivos trazados, resulta oportuno en esta instancia, con un criterio de flexibilidad, delegar ciertas atribuciones en el señor Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, a efectos de resguardar los principios de celeridad, eficacia y economía consagrados en el artículo 174 de la Constitución Provincial.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, y en uso de atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DELÉGASE en el señor Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, o el organismo que el futuro lo reemplace, las funciones y atribuciones que le permitan conforme a derecho:
a) encomendar a la firma Caminos de las Sierras S.A. la ejecución, por sí o
por terceros, de proyectos, construcción, remodelación, mejoramiento, explotación y/o mantenimiento de caminos, autovías, autopistas, rutas y nudos viales en toda la Provincia de Córdoba, en el marco del artículo 62 de la Ley Nº 10.928 autorizar el cambio de ubicación, supresión y/o incorporación de barreras y/o Estaciones de Peaje, en toda la Provincia de Córdoba. A tales efectos, previo al inicio del cobro de peaje, deberá verificarse la ejecución de las obras respectivas (construcción, remodelación, mejoramiento, explotación y/o mantenimiento, según el caso), de acuerdo al corredor vial de que se trate y la competencia del Concesionario Vial correspondiente, si lo hubiere; ello, con intervención del Ente Regulador de Servicios Públicos.
c) aprobar convenios de transferencia de la Titularidad del Servicio de Agua Potable y/o Desagües Cloacales a municipios o comunas, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
d) autorizar a la firma Caminos de las Sierras S.A. a efectuar la cesión en pago de la recaudación en concepto de peaje y del derecho al cobro de la indemnización por extinción anticipada del contrato de concesión, con motivo de la apertura de líneas de crédito, cuyo fin sea la financiación de obras aprobadas.

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