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Capilla del Monte: Quienes tienen función pública deberán capacitarse en materia de Derechos Humanos

Implica a funcionarios de los tres poderes, así como también de entes autárquicos, como es el caso de Emoss

Implica capacitación obligatoria en materia de Derechos Humanos para todas las personas que se desempeñen en la función pública provincial.

El proyecto fue presentado por el bloque Vamos Capilla e implica la capacitación en Derechos sociales y laborales, derechos territoriales y ambientales y derechos de infancias y juventudes.

El texto firmado por Federico Fumiato señala la necesidad de adherir a la Ley Provincial Nº 10.962 “Sonia Torres” que establece, en el ámbito de la Provincia de Córdoba, la capacitación obligatoria en materia de Derechos Humanos para todas las personas que se desempeñen en la función pública provincial en todos sus niveles y jerarquías —tanto del sector público centralizado como descentralizado— para los tres Poderes del Estado.

«Establecese en el ámbito de la municipalidad de Capilla del Monte la capacitación, sensibilización y concientización obligatoria en materia de derechos humanos para todas las personas que se desempeñen en la función pública municipal en todos sus niveles y jerarquías, tanto del sector público centralizado como su ente autárquico, otras dependencias y para los tres poderes del Estado»

Se autoriza al Ejecutivo municipal a diseñar, crear y producir contenidos materiales y programas para la formación de los y las agentes municipales, siempre que los mismos respeten el núcleo de contenidos mínimo dispuesto en la ley 10.962 por esta ordenanza municipio.

Además, se deberán revisar y actualizar los programas de formación cuando se considere conveniente acorde a la realidad local y regional y nacional y se podrán celebrar convenios con universidades, instituciones científicas, organizaciones no gubernamentales y otras entidades del sector público y privado a los fines de garantizar el cumplimiento de esta norma.

En la fundamentación se expresa que los contenidos mínimos que deberían saber las personas que se desempeñen en cargos públicos son los siguientes:

1. Principios básicos de Derechos Humanos contenidos en las disposiciones provinciales, nacionales, regionales e internacionales.
2. Prácticas respetuosas de los Derechos Humanos en la función pública.
3. Sistemas de protección de los que Argentina forma parte.
4. Jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia y de otros tribunales internacionales del sistema internacional de derechos humanos.
5. El proceso de Memoria, Verdad y Justicia en nuestro país. Sitios de Memoria. Violencia institucional.
6. Los derechos de las mujeres, de orientación sexual, identidad de género y Derechos Humanos de la población LGTBIQNB+.
7. Derechos de los Pueblos Originarios. Los procesos de migración y derechos de los migrantes.
Que por la realidad de nuestra localidad es relevante incorporar a dicho núcleo de contenidos mínimos los Derechos sociales y laborales, Derechos territoriales y ambientales, Derechos de infancias y juventudes.

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