La Municipalidad reconoce accionar ilegal por bloqueo de cuentas

Conversamos con el Arquitecto Fernando Zanotti, secretario de Planeamiento de Capilla del Monte sobre los fundamentos del proyecto de ordenanza titulado “Convocatoria Regularización Edificaciones No Declaradas o Sin Planos Aprobados” quien expresó que cuando asumió empezó a «notar algunas deficiencias en cuanto a la planta urbana de Capilla del Monte, principalmente en lo que es la planta de edificación. Las alternativas que tenemos es la de moratorias o de caerles con el martillo y la hoz a los que han edificado mal o a quienes no han presentado los planos. La idea de esta ordenanza es darle la oportunidad a todos aquellos que no se presentaron oportunamente a que lo hagan ahora. Y a partir de ahí empezar a trabajar con las ordenanzas»
El bloque de Unión por Córdoba había rechazado de plano este proyecto de ordenanza por considerar que tiene un fin puramente recaudatorio. Zanotti en cambio, argumentó que no es así sino que se está realizando para que la gente pueda acceder a un plan de facilidades y consideró que «Si la gente tiene interés de estar en orden se va a presentar. Las facilidades que presentamos son prácticamente de un 50% en el costo final de los planos»
Sobre las cuentas bloqueadas reconoció que eso está ocurriendo aunque no sabe con qué criterio y que con esta ordenanza se va a solucionar el problema. El bloqueo de cuentas se dio en el marco del decretos 158/11; 110/12; 210/12 en el que el Poder Ejecutivo impuso restricciones a los contribuyentes.
En el año 2014, el intendente mediante el decreto 138/14 vetó parcialmente la Resolución del Concejo Deliberante N° 3040/14 Régimen de facilidades de pagos-recupero de deudas fiscales-regimen de procuración fiscal en los Artículos del No1 al No24 “Régimen de Facilidades de pago”. (ver resolución). Sin embargo, y basándose en el dictamen de la asesora letrada del Concejo Deliberante, Mariela Amelia Batallini (Res 3040 14DICTAMEN RECHAZO DEL VETO Ab. Mariela Amelia Batallini) el Concejo Deliberante mediante la resolución 3050/14 rechazó el veto (decreto 138/14). En el citado dictamen, la asesora ratificó la consideración de inconstitucionalidad e ilegalidad de los Decretos N° 158/11, 110/12 y 210/12 de “Prohibición de emisión de estados de deuda” aunque expresó que «el último interprete sobre la disyuntiva será el Poder Judicial en los casos concretos que se sometan a su resolución»
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