La justicia y sus reiteradas formas de ejercer violencia
El juzgado de Primera Instancia de Cosquín ha solicitado la restitución de una niña a Capilla del Monte, a pesar de las denuncias de violencias y la restricción de contacto con su progenitor. Su madre pide ayuda para visibilizar un causa más, donde el modus operandi judicial no prioriza la seguridad ni el bienestar de las niñeces.

Pilar Leguizamón se encuentra desde el mes de enero con su hija de cuatro años en la ciudad de Buenos Aires. El 11 de marzo fue notificada por la justicia de la provincia de Córdoba, sobre la restitución de la niña basándose en el centro de vida de la menor. Sin embargo, en esta resolución no fueron tenidos en cuenta los antecedentes de violencia de género hacia la madre y la restricción de contacto que tiene el progenitor hacia la niña.
El juez Carlos Machado y la secretaria del Juzgado de Primera Instancia de Cosquín, Marcela Alejandra Curiqueo, firman esta resolución donde se expresa que “se ordenó por decreto de fecha 06/02/2025 la inmediata restitución de la niña a su centro de vida en localidad de Capilla del Monte, lo que debía llevarse a cabo en el plazo máximo de 10 días bajo apercibimiento de ordenar su restitución a través del Órgano Judicial competente y con auxilio de la fuerza pública si fuera menester”.
“El juez se basa y prioriza el centro de vida de la niña, porque nació y vivió en Capilla del Monte hasta los 4 años, por sobre todas las circunstancias de violencias vividas. Todas las pruebas fueron aportadas en la causa”, asegura Pilar.
Pero, según consta en la resolución judicial y a pesar de las medidas cautelares impuestas, el juez determinó que: “atento las medidas de restricción dictadas entre el progenitor y la niña y encontrándose suspendido el régimen comunicacional vigente, establecer en forma provisoria y subsidiaria la permanencia de la niña bajo la guarda de su abuela paterna”.
Asimismo, se pone en conocimiento que la madre de la niña “en el caso de así ella disponerlo, podrá acompañar a su hija hasta la localidad de Capilla del Monte y en su caso residir junto a ella en la citada ciudad, debiendo comunicarlo a este tribunal a los efectos que se requiera del Juzgado con competencia en Violencia Familiar y de Género se arbitren todas las medidas necesarias de resguardo para sí misma y la niña y en el acto requerir se efectivice la cuota alimentaria ordenada en estos obrados mediante decreto de fecha 06/02/25. En tal caso, deberá denunciar en un plazo fatal de tres (3) días el domicilio real en el que permanezca junto a la niña”.
La situación es aún más compleja, cuando hace una semana la niña le confesó a su mamá un “secreto”, que llevó a Pilar a realizar en CABA la correspondiente denuncia por abuso sexual infantil por parte del progenitor de su hija.
La niña está escolarizada y con la contención de su familia materna en la ciudad de Buenos Aires. “Estaba con acompañamiento terapéutico, hasta que el padre se lo decidió cortar”, dice Pilar y agrega que al mes de ese suceso, la menor manifestó indicios de violencia sexual, que pudo poner en dibujos y palabras, y fueron denunciados.
La psicóloga ya había relevado un informe dando cuenta de la violencia padecida por la niña con el progenitor, que según Pilar, también consta en la causa. A pesar de estos antecedentes, la justicia no ha dado lugar a que se priorice la seguridad de la menor, obligándola a regresar al lugar donde fue violentada.
“Lo grave es que él tiene una prohibición de contacto -explica Pilar- y relata que durante el año pasado, llevó a cabo denuncias por hostigamiento e interrupción de un tratamiento de salud de la niña. Sin embargo, “el progenitor priorizó que se cumpliera el régimen de divorcio cuando la niña estaba enferma y deseaba estar con su madre”.
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Un caso más que da cuenta del modus operandi judicial atravesado fuertemente por una ley que protege los roles designados dentro de la familia. De manera reiterativa, surgen casos donde demuestran que las mujeres que recurren a la justicia por violencia, se encuentran frente a un sistema judicial que tiene una doctrina de la falsa denuncia muy impregnada, y esto lleva muchas veces al descreimiento de la palabra de las víctimas. Los recursos de la justicia, tantas veces, se orientan así en investigarlas más a ellas para corroborar que están diciendo la verdad.
El derecho construye estereotipos sexuales que reproducen la mentalidad patriarcal, la de un pater de familia. “El sistema judicial le cree al varón”, dice Giselle Videla, abogada y militante de la Colectiva Akelarre Feminismo Popular de Córdoba, y comenta cómo en los casos de violencia familiar o abuso sexual en las infancias, se le da prioridad al principio de los vínculos. “Les parece más importante sostener el vínculo paterno filial, consideran que eso es hacer cumplir el interés superior de las niñeces, antes que vivir una vida libre de violencia, a pesar de que se esté dañando a la integridad psicofísica del niño. Así se trata a los abusadores”.
La importancia de la visibilización es uno de los factores fundamentales para generar un cambio de conciencia en la opinión pública. El derecho debería fallar con los principios que se establecen socialmente. La violencia sexual en la infancia y adolescencia, es una de las problemáticas con las que se está trabajando cada vez más para que se reconozca. “La pedofilia es el corazón del patriarcado. Estamos dando una lucha ahí, en el núcleo de la familia, ya que se pretende que el abuso continué siendo un secreto”, concluye Giselle.