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Acampe en Molinari: «No somos los ilegales, somos defensores ambientales. No vamos a permitir la ilegalidad reinante»

Así lo señaló India en diálogo con Radio Panamericana, desde el acampe en Molinari, en las primeras horas del lunes.

«La licencia ambiental no es válida y últimamente han hecho un cambio de traza. La licencia de ambiental dice que si se hace un cambio de traza, la licencia caduca. De modo que ya tendrían que empezar a hacer todo el proyecto de nuevo, incluida la audiencia pública. Estamos en el acampe desde el viernes. Hasta hoy las máquinas no avanzaban pero ya vino una camioneta de infantería y se están haciendo presentes los móviles policiales»

India informó en Radio Panamericana que están pidiendo que se presente la empresa a dar explicaciones. Además, aclaró que hace falta que la justicia se expida como corresponde. Ya les dijimos que no nos vamos a correr de la puerta porque sería permitir la ilegalidad reinante.

«No somos los ilegales, somos defensores ambientales. No vamos a permitir la ilegalidad reinante»

El habeas corpus rechazado

A las 20hs del domingo, vecinos y vecinas recibieron la información del rechazo al habeas corpus presentado en fiscalía el pasado viernes. Al respecto, el abogado René Amsler escribió el siguiente comunicado.

El Poder Judicial que se ha mostrado tan terriblemente lento, tan cansino, tan detallista, acerca de las cuestiones procedimentales y de competencia, tanto así que en cinco años no han tenido la deferencia de estudiar los elementos que hemos aportado, denunciando las ilegalidades e irregularidades de toda esta obra. En menos de 24 horas rechaza el pedido de Habeas Corpus por el emplazamiento de personas, vecinos y vecinas que se hicieron lugar el día viernes en la entrada del obrador ubicado por la empresa SACDE, para el comienzo de las obra de la Autovía. Sin que existiera una sentencia firme y sin que se dignara Juez alguno a dictar una medida precautoria, necesaria e inminente por el avance de obras cuyo daño sera irreversible.

Bueno, el rechazo se funda principalmente en que no advierten inminencias del daño, de la lesión o vulneración a los derechos constitucionales ambulatorios que es lo que el Habeas Corpus pretende evitar. Nos informan eso sí, que una persona inició una denuncia, es decir la persona representante de la empresa SACDE, realiza una denuncia. No nos dicen en que termino la realiza, ni porque delito lo haría, sino por el hecho de que hay personas que se están manifestando en forma pacifica en el lugar, y que le impiden ingresar al personal al obrador, hace esta mención el Juez al contestar el Habeas Corpus, simplemente como nota de que no ha habido ningún tipo de amedrentamiento ni avance por sobre las personas respecto de la Policía al momento. Y que no se advierte que hubiera por lo tanto inminencia de vulneración de los derechos constitucionales puestos en juego en el Habeas Corpus preventivo. Por lo tanto, no da digamos, la situación para presentar un Habeas Corpus, esto es lo que dice la Justicia, el Juez concretamente el Juez de Control Núñez Ramiro José, y por lo tanto rechaza el Habeas Corpus.

Este es todo el significado del rechazo, no quiere decir que sea zona liberada ni mucho menos, simplemente consideran que no existen los motivos suficientes para pedir un Habeas Corpus preventivo. Claro que hay un grupo de personas por un parte, y un grupo de policías por otra parte, en una distancia bastante cercana, pero esto no le parece al Juez suficiente motivo. Claro que para los defensores ambientales que están emplazados en el lugar, fue muy importante poder manifestar formalmente y ante la Justicia cual es el motivo por el cual están allí. No es un capricho ni una simple turbación, o un impedimento. Ni hay voluntad ni tiene el objetivo de cometer un delito, es decir no hay dolo. En realidad hay personas, y lo están diciendo por escrito ante el Juez, de que están asumiendo el derecho-deber constitucional de preservar un ambiente sano. Están asumiendo el deber de defender la ecología, o de asumir la defensa ecológica en los términos del artículo 38 de la Constitución Provincial, que son defensores ambientales, así se califican.

Porque lo que están pretendiendo, es defender ante un daño irreversible, el ambiente que se encuentra amenazado por esta obra, hasta tanto lo dicen expresamente no se expida la Justicia sobre el fondo del asunto. Que dicte sentencia luego de revisar todas las denuncias y todos los elementos señalados por los amparistas en las incontables cantidad de fojas que ya llevan estos expedientes desde hace cinco años a esta parte. Entre otras tantas, la afección al agua, la afectación al bosque nativo, la falta de un estudio de impacto ambiental acumulativo, como lo sostiene la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y por decir poco que es lo más importante, una de las mas importantes, por supuesto, pero inexcusablemente atendible, la falta de consentimiento previo libre e informado a las Comunidades Originarias. Que también se encuentran en el lugar acompañando y siendo parte de este colectivo, que se da a llamar defensores ambientales, como lo establece el artículo 9 del Tratado de Escazú.

Abogado René Amsler – Matrícula 7-396.

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